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Nuevas reglas en parques de Renacimiento: prohíben bicicletas, scooters y ventas ambulantes

retenchiriqui
hace 36 minutos
3 min de lectura

Los parques públicos del distrito de Renacimiento tienen desde esta semana nuevas reglas para su utilización. La Alcaldía prohibió dentro de estos espacios la circulación de bicicletas, scooters eléctricos y otros dispositivos de movilidad personal, además de la buhonería, ventas ambulantes y otras actividades comerciales.

Las disposiciones están contenidas en el Decreto N.° 004-2026, firmado por el alcalde Quintín Pitti el pasado 8 de septiembre y publicado el lunes 21 de septiembre en la Gaceta Oficial Digital N.° 30616-A. Con su publicación, la normativa entró en vigencia.

La restricción también alcanza dispositivos no motorizados

El artículo 1 establece expresamente que queda prohibida dentro de los parques de Renacimiento la circulación de bicicletas, scooters eléctricos y cualquier dispositivo de movilidad personal, sea motorizado o no motorizado.

La Alcaldía fundamenta la decisión en la protección de peatones y usuarios de estos espacios. En los considerandos del decreto señala que había observado la circulación de estos dispositivos dentro de los parques y sostiene que esa situación afectaba la seguridad y el libre tránsito peatonal.

La normativa cita como parte de su fundamento jurídico la Ley 74 de 2017 y el Decreto Ejecutivo N.° 206 de 2021, relacionados con movilidad activa y uso seguro de los espacios públicos.

No habrá buhonería ni ventas ambulantes

Las nuevas reglas también impactan las actividades comerciales.

El artículo 2 prohíbe expresamente la buhonería, comercio informal, instalación de puestos, ventas ambulantes o cualquier actividad comercial dentro de los parques del distrito.

También queda prohibida cualquier actividad que obstaculice el tránsito peatonal, afecte la seguridad o altere el uso recreativo de estos espacios.

Medidas contra daños al mobiliario

Otro apartado está dirigido a proteger los bienes municipales.

Las personas que retiren, destruyan, alteren o dañen letreros informativos, basureros, lámparas, bancas, jardineras, vallas u otra infraestructura de los parques podrán ser remitidas al Funcionario de Cumplimiento o al Juez de Paz para la imposición de la sanción correspondiente, sin perjuicio de otras responsabilidades civiles o penales.

La Alcaldía señala en el decreto que se han registrado situaciones de vandalismo, daños a bienes municipales, retiro de letreros y afectaciones al mobiliario urbano.

Cierres durante eventos culturales y comunitarios

La normativa también contempla cambios temporales alrededor de los parques cuando se desarrollen actividades culturales, folclóricas, comunitarias o municipales.

En esas circunstancias, la Alcaldía podrá instalar vallas o barreras físicas para cerrar temporalmente la circulación vehicular en las calles laterales de los parques.

Retirar, mover o destruir estas barreras estará prohibido y podrá provocar la remisión del infractor ante las autoridades correspondientes.

Vehículos a motor también están restringidos

El decreto establece además que quien ingrese con un vehículo a motor al parque, ya sea durante un día regular o mientras exista un cierre por alguna actividad, podrá ser sancionado conforme al régimen de faltas municipales y remitido ante la autoridad competente.

Para hacer cumplir estas disposiciones, el documento faculta al Servicio Nacional de Fronteras (Senafront), la Policía Nacional y personal municipal, incluidos inspectores y funcionarios de cumplimiento, para desarrollar labores de vigilancia, prevención y sanción.

La Alcaldía también deberá colocar señalización visible y permanente en todos los parques del distrito para informar a residentes y visitantes sobre las prohibiciones.

La medida modifica así las condiciones de uso cotidiano de los parques de Renacimiento, por lo que quienes utilicen estos espacios deberán tomar en consideración las nuevas restricciones ya vigentes.


 
 
 

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