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Panamá habilitará acceso público al registro de ofensores sexuales tras aprobación de nueva ley

  • retenchiriqui
  • 26 nov 2025
  • 2 Min. de lectura

La reciente aprobación de la Ley 501, que autoriza la publicación y libre consulta del Registro Oficial de Ofensores Sexuales, ha sido recibida como un avance para la protección de la niñez, aunque organizaciones de defensa advierten que persisten grandes retos en materia de prevención y seguridad infantil.

La activista por los derechos de la niñez Lucy Córdoba reconoció la medida como un paso importante, pero recordó que constituye solo una fracción de lo que se requiere para atender de manera integral los riesgos que enfrentan niños, niñas y adolescentes en el país.

“No es una lucha reciente; viene de décadas. Esto representa un paliativo, pero insistimos en que la niñez debe ser un asunto de Estado, más allá de los gobiernos de turno”, expresó. Córdoba añadió que otros temas sensibles, como la trata y tráfico de menores, continúan sin recibir la atención prioritaria que requieren.

Hasta ahora, el registro de agresores sexuales era de carácter privado y solo podía ser consultado por autoridades judiciales. Con la sanción del presidente José Raúl Mulino, la base de datos pasará a ser de acceso público a través de internet, permitiendo a la ciudadanía conocer información sobre personas condenadas por delitos contra la libertad e integridad sexual, tráfico de menores y trata de personas con fines de explotación sexual.

La ley, propuesta por la diputada Paulette Thomas, contempla siete artículos. Su artículo primero formaliza la creación del Sistema Nacional de Registro Oficial de Ofensores Sexuales, que incluirá información detallada sobre los condenados mediante sentencias ejecutoriadas. Además, servirá de base para la emisión de certificados de no agresor sexual y como herramienta de prevención situacional.

La administración del sistema recaerá en el Gabinete de Archivos e Identificación Personal de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ), que deberá mantener una base de datos segura, actualizada y con una plataforma web accesible al público.

En redes sociales, la ley ha recibido respaldo mayoritario, aunque algunos ciudadanos insisten en que el registro debe aplicarse sin exclusiones, independientemente del perfil del agresor.

La implementación de esta norma se da en un contexto especialmente delicado. Entre enero y octubre del presente año, el Ministerio Público reportó 4,884 denuncias por delitos sexuales, incluyendo 1,943 casos de violación simple y 230 violaciones doblemente agravadas. Ante estas cifras, el Gobierno también endureció sanciones mediante la Ley 474, que modificó el Código Penal y el Código Procesal Penal.

Organizaciones de defensa de la niñez reiteran que la legislación es un avance significativo, pero insisten en redoblar esfuerzos en prevención, educación, atención psicológica y combate frontal a la explotación sexual infantil.


 
 
 

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